Barcelona aprueba flexibilizar los criterios para instalar macrococinas y almacenes de alimentos en la Zona Franca

Una mujer trabaja en la cocina fantasma 'Not So Dark'.
Una mujer trabaja en la cocina fantasma 'Not So Dark'.
ACN
Una mujer trabaja en la cocina fantasma 'Not So Dark'.

El pleno de Barcelona ha dado este viernes su visto bueno a flexibilizar los criterios para instalar macrococinas y almacenes de alimentos en la Zona Franca. Inicialmente, el gobierno de Jaume Collboni planteaba suavizar las condiciones en todas las zonas industriales, exceptuando el 22@. Finalmente, el polígono industrial del Bon Pastor también queda excluido -tal y como pedía BComú- y el documento final elimina la posibilidad de implantar cocinas con reparto a domicilio en los suelos industriales del Bon Pastor

Así, los ajustes del plan que regula las actividades vinculadas al reparto a domicilio se circunscriben únicamente al polígono de la Zona Franca. El PSC, Junts, ERC y BComú ha votado a favor, el PP en contra y Vox se ha abstenido.

La normativa vigente hasta ahora prohíbe la apertura de almacenes con reparto a domicilio en toda la ciudad, y solo admite las cocinas industriales y/o agrupadas en el ámbito industrial de la Zona Franca, siempre y cuando haya un máximo de un establecimiento en un radio de 400 m.

Flexibilizar requisitos "demasiado restrictivos"

Después de un año de aplicación del plan -aprobado por el gobierno de Ada Colau- y de haber analizado sus efectos, el ejecutivo socialista inició un proceso para introducir unos ajustes puntuales y flexibilizar una serie de requisitos que se consideran "demasiado restrictivos". Todo ello, con la voluntad de facilitar así la implantación de actividades relacionadas con la alimentación y la paquetería vinculadas al reparto a domicilio en las zonas industriales, que con las condiciones actuales quedan restringidas.

Tras el período de alegaciones y las conversaciones con los grupos, la actualización de esta normativa urbanística se circunscribe al polígono de la Zona Franca, donde introduce cambios para flexibilizar la implantación de cocinas industriales y agencias de paquetería y logística. Según ha explicado de alcaldía de Economía, Hacienda, Promoción Económica y Turismo, Jordi Valls, más allá de la actividad comercial de 'delivery', cada año se mueven cerca de 50 millones de comidas entre escuelas, centros residenciales, entre otros. 

Por eso, algunos criterios eran "demasiado restrictivos" y "dificultaba" algunas actividades. "Hablamos de flexibilidad, no de permisividad", ha dejado claro Valls, quien ha explicado que se han incorporado en el contenido algunas alegaciones, como por ejemplo de Barcelona en Comú para excluir al Bon Pastor. Por el contrario, se desestimaron las alegaciones presentadas por Glovo y el Gremio de Restauración, dijo.

Modificaciones aprobadas

Las modificaciones que se han aprobado afectan a varios conceptos. En el caso de las cocinas industriales, en el plan vigente hasta ahora sólo se admitían en la Zona Franca y con la condición de un máximo de un establecimiento dedicado a la misma actividad en un radio de 400 m. Ahora, el nuevo documento sigue determinando la Zona Franca como el único suelo industrial donde se aceptan, pero elimina la condición de densidad para flexibilizar su implantación. No se podrán instalar en parcelas colindantes con tejidos residenciales para asegurar que no se produce ninguna afectación en la vida cotidiana de los vecinos y vecinas, ni tampoco en la zona industrial del Bon Pastor y el 22@.

En cuanto a los almacenes de alimentos y almacenes de mercancías no peligrosas –que con los cambios pasan a admitirse con reparto a domicilio en los suelos industriales de la Zona Franca, excepto el 22@ y parcelas colindantes con tejidos residenciales–, se aplican las mismas condiciones, en función de la superficie del establecimiento.

En relación con las agencias de paquetería, se propone que en la Zona Franca las agencias de paquetería estén admitidas sin condiciones de densidad ni distancia, pero no podrán situarse en parcelas colindantes con tejidos residenciales. En el polígono del Bon Pastor se mantienen las condiciones de la normativa vigente, y en el 22@ no se pueden implantar. Aparte, las agencias de paquetería no podrán disponer de una licencia múltiple con ninguna de las otras actividades principales reguladas por este plan.

Sobre el reparto a domicilio para almacenes de alimentos y almacenes de mercancías no peligrosas, el plan vigente prohibía que los almacenes de alimentos pudieran incluir la actividad de reparto a domicilio. Con la actualización de la normativa, los almacenes con reparto a domicilio siguen sin admitirse en los tejidos residenciales, pero sí se pueden implantar, de forma exclusiva, en la Zona Franca, siempre que se trate de parcelas que no confronten con tejidos residenciales. No se aceptarán en el polígono del Bon Pastor ni en el 22@. El mismo cambio se aplica a los almacenes de mercancías no peligrosas.

Por otra parte, en relación a los espacios reservados para los repartidores, se introducen ajustes en cuanto al espacio a reservar para la actividad complementaria de reparto a domicilio. Con el redactado hasta ahora vigente, en cuanto a las agencias de paquetería, si la superficie del establecimiento es de más de 400 m2, el espacio de espera y estancia para los repartidores será de 10 m2 por cada 100 m2 de superficie construida. Para darle solución, con el nuevo redactado propuesto, las agencias de paquetería mayores de 400 m2 tendrán que reservar un espacio mínimo de 20 m2 de espacio para el reparto, y en cualquier caso, la necesaria para los repartidores para evitar externalidades en la vía pública.

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